Presidencia de la Nación

Consultas de registración


¿Cómo registrarse por primera vez?

El Sujeto Obligado deberá registrarse, en UIF en virtud de lo normado en la Resolución UIF N° 50/2011 y sus modificatorias, que establece la obligatoriedad de registrarse en el sistema SRO.

Para registrarse por primera vez deberá ingresar a la página web de esta Unidad www.argentina.gob.ar/uif, hacer click en el botón “Ir a Sujetos Obligados” y luego en el botón “Registrarse por primera vez” y seguir los pasos con las instrucciones de los formularios desplegables.

Puede visualizar instructivo desde aquí

Nómina de Sujetos Obligados

¿Si el Sujeto Obligado es una persona humana debo designar un Oficial de Cumplimiento?

NO. Se registra solo el Sujeto Obligado como Persona Física.

¿Si registro una Persona Jurídica debo designar un Oficial de Cumplimiento?

SI. Cada entidad deberá designar y registrar un Oficial de Cumplimiento Titular y un Suplente en caso de ausencia temporal o licencia del Titular. VER APARTADO DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO

¿Debo registrarme nuevamente si ya realicé la inscripción con anterioridad?

NO. Los registros en la página web son por ÚNICA VEZ.

¿Debo registrarme nuevamente si desarrollo más de una actividad normada en el artículo 20º de la Ley N°​ 25.246?

Si desarrolla más de una actividad, deberá ingresar a su registración con su CUIT y contraseña para agregar su nueva actividad obligada a informar. Al acceder al sistema en la solapa de “inicio” deberá ingresar al link que dice “agregar/registrar nuevo tipo de Sujeto”, seleccionar del desplegable el tipo de Sujeto y cargar los datos que pide el sistema. Ver instructivo aquí.

Repetirá el mismo proceso si tuviese que agregar otro tipo de Sujeto. Deberá remitir la documentación respaldatoria de cada actividad desarrollada, normada en el artículo 3° Bis de la Resolución UIF N° 50/2011.

¿Qué debo hacer si no encuentro el código de actividad de mi constancia de AFIP al registrarme?

Si el código de su actividad dado de alta en la AFIP no se encuentra en su última versión actualizada en el desplegable del Sistema de Reporte de Operaciones SRO, podrá registrar el que más se asemeje a su actividad en la nómina de actividades desplegable.

IMPORTANTE

Se deberá declarar la actividad del Sujeto obligado, la cual no podrá ser “empleado” o “jubilado” ni podrá completarse seleccionando la misma como “actividad sin declarar”

¿Debo enviar documentación respaldatoria para validar mi registración?

Sí. Debe remitir la documentación respaldatoria normada en el en artículo 3° Bis de la Resolución UIF N° 50/2011 y sus modificatorias para su inscripción/registración en el Sistema de Reporte de Operaciones (SRO).

IMPORTANTE

Las presentaciones, trámites y consultas deben realizarse en forma virtual a través de los correos electrónicos habilitados..

En virtud de lo establecido en el Art. 3° de la Resolución UIF 116/2020 de fecha 26 de noviembre de 2020, la documentación respaldatoria a la que refiere el Art. 3° Bis de la Resolución UIF 50/2011 y modificatorias, y demás documentaciones para las otras presentaciones allí mencionadas, deben canalizarse a través de la siguiente casilla de correo electrónico: [email protected].

Las documentaciones deberán remitirse en formato PDF.

PERSONA HUMANA, deberá presentar:

Nota suscripta por el Sujeto Obligado dirigida al Presidente de la Unidad de Información Financiera.

Para el caso de que la nota esté suscripta por un apoderado deberá acompañar con la misma copia del poder certificado.

En la misma deberá constar:
- Actividad principal que realice, domicilio real (calle, número, localidad, provincia, código postal), número de teléfono, dirección de correo electrónico y firma del Sujeto Obligado.
Puede descargar modelo de nota desde aquí

Documentación a adjuntar con la nota:

  • Copia del documento que acredite la identidad (DNI, LC, LE, CI) otorgada por autoridad competente de los respectivos países limítrofes o pasaporte).
  • Copia de constancia de CUIL, CUIT o CDI.
  • SÓLO en caso de corresponder: copia certificada de la autorización otorgada por el órgano específico de Contralor/ Colegio Público o Consejo Profesional competente para desarrollar dicha actividad o de la inscripción en la matrícula (credencial).
NOTA

Si se ha registrado en el tipo de Sujeto - Sector Fidecomiso - deberá acompañar la documentación respaldatoria con copia del contrato del Fideicomiso del cual surge su actividad como fiduciario.

PERSONA JURÍDICA, deberá presentar:

Nota suscripta por la máxima autoridad de la misma u Oficial de Cumplimiento, dirigida al Presidente de la Unidad de Información Financiera. Para el caso de que la nota esté suscripta por un apoderado deberá acompañar con la misma copia del poder certificado.

En la misma deberá constar:

  • Datos del Sujeto Obligado: denominación o razón social y actividad principal que realice, domicilio legal: calle, número, localidad, provincia, código postal, número de teléfono y dirección de correo electrónico.
  • Datos de Oficial de Cumplimiento: nombre y apellido del Oficial de Cumplimiento, cargo que reviste en el órgano de administración de la persona jurídica. Domicilio real: calle, número, localidad, provincia y código postal, número de teléfono y correo electrónico.
  • Firma de la máxima autoridad.
    Puede descargar modelo de nota desde aquí

Documentación a adjuntar con la nota:

  • Copia de constancia de CUIT o CDI de la persona jurídica.
  • Copia de constancia de CUIL (sólo en los casos de los Sujetos Obligados enumerados en los inc. 6 y 15 del art. 20 de la Ley 25.246), CUIT o CDI del Oficial de Cumplimiento.
  • Copia del documento que acredite la identidad del Oficial de Cumplimiento (DNI, LC, LE, CI) otorgada por autoridad competente de los respectivos países limítrofes o pasaporte.
  • Copia del estatuto social actualizado, con la constancia de registración en el Registro Público correspondiente. IMPORTANTE: no se acepta constancia de ingreso del trámite de inscripción por ante el Registro respectivo.
  • Copia CERTIFICADA del acta del órgano decisorio en la que obre el cargo que ocupa el Oficial de Cumplimiento en el órgano de administración de la persona jurídica, con la constancia de registración en el registro correspondiente (en caso de tratarse de organismos públicos, resultará suficiente copia de la Resolución de su designación en el cargo). IMPORTANTE: no se acepta constancia de ingreso del trámite de inscripción por ante el Registro respectivo.
  • Copia CERTIFICADA del acta del órgano decisorio o constancia en la que obre la designación del Oficial de Cumplimiento ante la UIF.
  • Declaración jurada sobre beneficiario final, de conformidad con la Resolución UIF 112/2021
  • SÓLO en caso de corresponder, copia CERTIFICADA de la autorización otorgada por el Órgano Específico de Contralor competente para desarrollar la actividad que realiza, (por ejemplo: BCRA, CNV, SSN, INAES).

  • En caso de designarse un Oficial de Cumplimiento Suplente, se deberá acompañar la documentación mencionada en el artículo 3º Bis, incisos e), f), g), h) e i) de la Resolución UIF N° 50/2011 y modificatorias.

NOTA

Si se ha registrado en el tipo de sujeto - Sector Fidecomiso - deberá acompañar la documentación respaldatoria con copia del contrato del Fideicomiso del cual surge su actividad como fiduciario, con las adendas que pudiere tener. De corresponder, deberá acompañarse constancia de su inscripción en el Registro respectivo.

¿Qué sucede si NO envío la documentación respaldatoria de mi registración?

Vencido el plazo indicado en el primer párrafo del artículo 3° Bis de la mencionada resolución y sin que el Sujeto Obligado diera cumplimiento con la remisión de la documentación solicitada, automáticamente se procederá a bloquear/deshabilitar la correspondiente inscripción/registración en el Sistema de Reporte de Operaciones (SRO), resultando pasible de la aplicación de las sanciones establecidas en el capítulo IV de la Ley N°​ 25.246 y modificatorias.

¿Una vez enviada la documentación respaldatoria de mi registración cómo me entero que estoy con mi usuario HABILITADO?

El sistema le enviará un correo electrónico desde sro@uif.gob.ar informándole que su registración ha sido habilitada.

¿Qué sucede si hay algún faltante en la documentación enviada y NO me HABILITAN?

Si hubiere algún faltante en la documentación enviada, se le informará a través del sistema SRO, quedando deshabilitada la registración hasta recibir la documentación solicitada. Cumplido ello, recibirá mail de respuesta automática al correo de registración informado.

¿Cuánto demoran en HABILITAR mi registración?

La HABILITACIÓN se producirá dentro de los 7 a 10 días posteriores al ingreso de la documentación a esta Unidad, siempre que esta se encuentre completa y de acuerdo con lo normado en la Resolución UIF N° 50/2011 y modificatorias.

¿Qué significa usuario INACTIVO?

Un usuario está INACTIVO si al momento de haber finalizado su registración no validó el correo de registración. Para validarlo deberá seguir el circuito informado en la siguiente pregunta.

¿Cómo ACTIVO mi registración si mi Usuario está INACTIVO?

Su registración quedará ACTIVA cuando finalice su registración en el sistema SRO por primera vez, en esa instancia el sistema le enviará un correo electrónico al mail informado al momento de registrarse. Para finalizar deberá ingresar al correo electrónico informado, en el cual recibirá un mail desde sro@uif.gob.ar, en el que encontrará un link que con la leyenda “finalizar registración”: haga click en el link y quedará validado el mail y activada su registración.

IMPORTANTE

Si este proceso de finalización NO se realiza, su registración figurará en el sistema como usuario “INACTIVO”. Para poder efectuarlo deberá recordar su contraseña de acceso al sistema, caso contrario deberá solicitarla.

Verifique el mail de validación que emite la UIF desde sro@uif.gob.ar no haya ingresado en su casilla de correo como SPAM.

¿Qué debo hacer si NO recibo el correo para ACTIVAR mi registración?

Deberá ingresar a la página web de la UIF www.argentina.gob.ar/uif, hacer click en el botón “Ir a Sujetos Obligados” y al botón “Acceso SRO”, allí deberá ingresar su CUIT y contraseña.

Al ingresar, el sistema le solicitará que reingrese el mail informado al registrarse, o si lo desea, podrá informar uno nuevo. Al finalizar este proceso, el sistema enviará nuevamente el correo automático desde, sro@uif.gob.ar, con el link “finalizar registración”.

IMPORTANTE

Si este proceso de finalización NO se realiza, su registración figurará en el sistema como usuario “INACTIVO”. Para poder efectuarlo deberá recordar su contraseña de acceso al sistema, caso contrario deberá solicitar una nueva (ver a continuación).

¿Cómo solicito el envío de nueva contraseña?

La contraseña se solicita mediante nota suscripta por la máxima autoridad u Oficial de Cumplimiento, en caso de ser una persona jurídica, o por la persona humana en caso de ser ella misma el Sujeto Obligado. Para el caso de que la nota esté suscripta por un apoderado deberá acompañar con la misma copia del poder certificado.

Puede descargar modelo de nota desde aquí

Deberán remitir la nota escaneada a sujetosobligados@uif.gob.ar. La nueva contraseña le será enviada dentro de las siguientes 24 a 72 hs. Una vez que la reciba deberá ingresar a su registración en el Sistema SRO con su CUIT y la nueva contraseña enviada.

¿Cómo restablezco mi contraseña desde el sistema SRO?

Podrá restablecer su contraseña desde https://sro.uif.gob.ar/sro/. Ingresando el CUIT, luego al link “olvidé mi contraseña” y siguiendo el proceso de restablecimiento allí informado. En caso de no poder restablecerla deberá solicitarla de acuerdo a lo informado en la pregunta “cómo solicito envío de contraseña”.

¿Puedo modificar mi contraseña si la misma es restablecida a través del sistema o si fue solicitada mediante nota por escrito?

SI. Al ingresar a su registración en la solapa de "inicio" podrá dirigirse al sector de la pantalla "Datos de la cuenta de usuario del Sujeto Obligado", " modificar contraseña " y cambiarla por una que le resulte más simple para recordar su acceso al sistema. Recuerde que para la contraseña se requieren al menos 8 caracteres combinados de letras mayúsculas, minúsculas y números.

¿Cómo obtengo la Constancia de Inscripción?

Para obtener la Constancia de Inscripción deberá ingresar a la página web de esta Unidad, www.argentina.gob.ar/uif, hacer click en el botón “Ir a Sujetos Obligados” y luego en el botón “constancia de inscripción” e ingresar con su CUIT y contraseña. La vigencia de la misma será la que arroje el comprobante de inscripción.

¿Hace falta renovar la constancia de inscripción?

Sí. Si al momento de presentar su constancia de inscripción la misma se encontrase VENCIDA, deberá ingresar a su registración e imprimirla nuevamente.

NOTA

El plazo de la vigencia de la constancia, estará definido por esta Unidad de Información Financiera. El corrimiento del plazo operará el día del vencimiento de la misma en forma automática.

¿Debe informarse el cambio de denominación de una Persona Jurídica?

SI. El cambio de denominación se informa mediante el envío de nota firmada/suscripta por la máxima autoridad u Oficial de Cumplimiento del Sujeto Obligado, en la cual solicita el cambio de denominación. La misma deberá acompañarse de copia del estatuto actualizado donde conste la nueva denominación y su constancia de inscripción en el registro correspondiente. Para el caso de que la nota esté suscripta por un apoderado deberá acompañar con la misma copia del poder certificado.

¿Debo mantener los datos de contacto de registración actualizados de mi registración en el sistema SRO?

SÍ. En virtud de lo normado en el primer párrafo del artículo 3° quater de la Resolución UIF N° 50/2011 y modificatorias, los Sujetos Obligados y Oficiales de Cumplimiento que ya se encuentren registrados en el Sistema de Reporte de Operaciones (SRO) deberán mantener actualizado el domicilio real o legal (según corresponda), el número de teléfono y dirección de correo electrónico, comunicando tales cambios dentro de los SESENTA (60) días corridos de producidos por medio de correo electrónico a: sujetosobligados@uif.gob.ar. Deberán mantener actualizados los datos en el sistema SRO.

IMPORTANTE

El incumplimiento de las obligaciones del presente artículo por parte del Sujeto Obligado y el Oficial de Cumplimiento podrán ser objeto de la aplicación de sanciones en los términos del capítulo IV de la Ley N° Ley N°​ 25.246 y modificatorias.

¿Cómo se solicita la rectificación de los datos erróneos vertidos en su registración?

Si al registrar al Sujeto Obligado se vuelcan en las pantallas datos erróneos, para rectificar los mismos deberá efectuar una presentación por escrito suscripta/firmada por el Sujeto Obligado, la máxima autoridad u Oficial de Cumplimiento del Sujeto Obligado, en caso de ser persona jurídica, exponiendo en la misma la rectificación de los datos.

Para el caso de que la nota esté suscripta por un apoderado deberá acompañar con la misma copia del poder certificado.

¿Cómo me doy de baja como Sujeto Obligado?

La baja de un Sujeto Obligado se solicita mediante nota por escrito en carácter de DDJJ, suscripta por el Sujeto Obligado.

En caso de tratarse de un Sujeto Obligado persona humana, la nota deberá estar suscripta por él. Para el caso de que la nota esté suscripta por un apoderado deberá acompañar con la misma copia del poder certificado.

En caso de tratarse de una persona jurídica, por el Oficial de Cumplimiento, y/o máxima autoridad que la requiere. En el caso de que la nota esté suscripta por un apoderado deberá acompañar con la misma copia del poder con el carácter invocado.

En la nota se deberán consignar los siguientes datos:

  • Nombre y apellido o denominación social
  • Dirección del Sujeto Obligado
  • Número de CUIT
  • Dirección de correo electrónico del Sujeto Obligado u Oficial de Cumplimiento registrado en el SRO
  • Número de teléfono
  • Firma del Sujeto Obligado persona humana o máxima autoridad de la persona jurídica
Motivo de la Baja

Deberá detallar el motivo de la baja acompañando la documentación respaldatoria en la cual acredita los motivos por la cuales solicita la misma ante esta Unidad. En caso de necesario, esta Unidad podrá requerirle documentación complementaria. En caso de corresponder, para que esta Unidad le conceda la baja no deberá adeudar ningún RSM a la fecha de la solicitud.

La nota deberá ser enviada a: sujetosobligados@uif.gob.ar.

Puede descargar un modelo de nota de baja desde aquí.

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