Presidencia de la Nación

El Ministerio de Producción abrió investigaciones sobre la importación de radiadores de calefacción y sobre disoluciones parenterales

El Ministerio de Producción abrió investigaciones sobre la importación de radiadores de calefacción y sobre disoluciones parenterales por presunto antidumping. Las aperturas de estas investigaciones se publicaron hoy en el Boletín Oficial, con las resoluciones 364 y 367.


La Secretaría de Comercio inició investigaciones sobre la importación de radiadores de aluminio de uso doméstico para calefacción central y de calentamiento no eléctrico provenientes de España, Italia y China. Asimismo, se inició una investigación sobre importaciones de disoluciones parenterales que contengan cloruro de sodio o dextrosa (los sueros que utilizan los hospitales) por presunto dumping proveniente de México y Brasil. Ambas investigaciones fueron solicitadas por las correspondientes ramas de producción nacional.

La Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) determinó que los casos debían ser iniciados ya que existían pruebas que indicaban que la industria nacional de calderas y disoluciones parenterales podrían estar sufriendo un daño importante producto de las importaciones a precios de dumping. En particular, en ambos casos, la información suministradas por las empresas solicitantes indicaba una merma en la rentabilidad de ambas industrias nacionales.

En el caso de las importaciones de calderas de China, se destacó que estos productos tendrían características que no cumplen con los estándares de seguridad, durabilidad y rendimiento, que exige la normativa nacional actual, por lo que su comercialización en el mercado nacional podría verse limitada a futuro por la norma técnica de calidad vigente.

¿Qué es el antidumping?

Las medidas antidumping buscan hacer frente a esa práctica comercial desleal que consiste en vender un producto en otro país a un precio más bajo que en el país de origen. El mecanismo antidumping está regulado por la OMC y requiere comprobar la existencia de dumping y que el mismo haya generado daño en la industria del país importador.

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