Presidencia de la Nación

Habilitación de Salida


La Habilitación de salida es una Tasa que se encuentra establecida en el Decreto 231/ 09 modificado por su similar 475/18. La misma es la que deben abonar todos aquellos extranjeros que su permanencia en el país se encuentre irregular. El procedimiento para su tramitación y pago se establecieron por la Disposición DNM Nº 899/2013.

Procedimiento para realizar el trámite administrativo, antes de egresar del país.

Dichos trámites administrativos podrán realizarse en días y horarios hábiles en:

  • Sede Central | Edificio 6 - Mostradores Letra M | Lunes a Viernes de 08:00 a 16:00 horas.
  • Delegación de esta Dirección Nacional del país, más cercana a su domicilio ( Ver delegaciones y oficinas migratorias

Y los 365 días del año en:

  • Aeropuerto Internacional de Ezeiza, (durante las 24 hs)
  • Aeroparque Jorge Newbery, (07:00 a 22:00 horas)

Al momento de presentarse, ante cualquier Sede Administrativa descriptas, el extranjero realizara el trámite correspondiente, emitiéndole una Boleta BURe, para proceder a cancelarla ante el Banco de la Nación Argentina, Provincia Pagos o las Cajas habilitadas en esta Sede Central en los Edificios N° 4 . Una vez Abonada, se deberá retornar con el pago a la ventanilla de inicio de la gestión, a los fines de finalizar con el trámite emitiendo, el Formulario de Habilitación de Salida. Este Formulario deberá presentar el extranjero junto a la documentación de viaje en el lugar de salida del país.

La habilitación de salida tendrá una validez de diez (10) corridos días contados a partir del momento del pago.

Tasas

Tasas de habilitación de documentación al solo efecto de hacer abandono del país de extranjero residente irregular :

Ver cuadro de tasas migratorias

Importante

1.- El interesado podrá presentar el pasaje, si es que egresa en un medio de transporte comercial, quedando bajo su absoluta responsabilidad en caso de no presentar dicho pasaje y/o no egresar dentro del plazo de validez de la habilitación de salida

2.- En los pasos fronterizos ya NO se podrán abonar dichas tasas, por lo que se generará una deuda al pasajero y se procederá a multar a la empresa transportista.

3.- En cualquier supuesto que no se abone la Tasa antes de egresar del Territorio Nacional, se generara automáticamente una deuda pendiente de pago. Hasta que la misma no sea cancelada, el extranjero no podrá reingresar al País.

4.- Habiendo abonado una habilitación de salida o cancelada la Deuda pendiente , la Autoridad Migratoria, respecto al extranjero podrá verificar los motivos del viaje y criterios de admisión para autorizar su reingreso al país.

Deuda Pendiente

A partir de la generación de la Deuda Pendiente, el pasajero podrá optar por:

  • Abonarla por terceros en Efectivo en el territorio nacional y en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina.
  • Abonarla desde el exterior, Vía Electrónica a través de este sitio web, con tarjeta de crédito exclusivamente (del titular o de un tercero).

La deuda deberá ser calculada al valor vigente de la tasa de Habilitación de Salida al momento del pago, el cual deberá producir la baja automática del alerta correspondiente.

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