Presidencia de la Nación

Nueva ordenanza contra la trata en la Sexta Sección de la Provincia de Buenos Aires

La normativa aprobada en el partido de Villarino estipula acciones de sensibilización sobre la temática y fomenta la difusión de la línea nacional anónima y gratuita de denuncias 145.


Este miércoles 27 de septiembre, el Concejo Deliberante del partido bonaerense de Villarino, cito en la localidad de Médanos, aprobó por unanimidad el decreto N.º 48/2023 que fomenta la difusión de la línea 145.

La normativa se plantea como objetivo “promover e incentivar desde el ámbito del Honorable Concejo Deliberante todas aquellas acciones que sensibilicen sobre la temática de la trata y explotación de personas y que fomenten la difusión y concientización de la ciudadanía respecto a la importancia de la línea nacional gratuita 145”.

Con ese fin, dispone “difundir en todos los medios de comunicación en los cuales el Concejo Deliberante cuente con pauta publicitaria, como así también a través de las redes sociales oficiales con las que cuenta el HCD de Villarino, la importancia de la línea gratuita 145, como herramienta segura para realizar denuncias ante la sospecha de trata o explotación de personas”.

Asimismo, el HCD se compromete a gestionar ante el Comité de Lucha contra la Trata la provisión de material informativo y de difusión, con el objetivo de distribuirlos y exhibirlos en dependencias municipales y en organizaciones de la sociedad civil, a fin de fortalecer la “prevención, investigación y judicialización de los delitos de trata y explotación de personas”.

El organismo además difundirá a través de sus redes sociales las recomendaciones establecidas por el Sistema Federal de Búsqueda de Personas Desaparecidas y Extraviadas (SIFEBU), ante la posible desaparición de familiares o personas cercanas.

Cabe aclarar que, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades N.º 6289, artículo 36, los decretos de los Concejos Deliberantes, se distinguen formalmente de las ordenanzas solo por el hecho de ser una “disposición de carácter imperativo que no requiere promulgación del Departamento Ejecutivo”.

Con esta nueva normativa, ya son 50 las localidades en todo el país que cuentan con ordenanzas para difundir la línea 145 y 50 también las que disponen de un cupo laboral para la restitución de derechos a las víctimas, junto a 3 provincias que ya han promulgado leyes de inclusión laboral (Catamarca, Chaco, y Salta), y otras 5 que se encuentran en estado parlamentario (Jujuy, Santa Cruz, Rio Negro, Neuquén y Tucumán).

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