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Histórica reparación integral para una víctima de trata en Catamarca

El Tribunal Oral Federal dispuso una indemnización de $ 4 millones, actualizable, a una mujer víctima de trata de personas que era explotada en un burdel. El fallo es un antecedente jurisprudencial relevante, ya que plantea una reparación integral en clave de derechos humanos.


Un fallo del Tribunal Oral Federal de Catamarca ordenó una reparación integral de 4 millones de pesos a una mujer víctima de trata de personas que tuvo que atravesar dos instancias de juicio, ya que el dueño del burdel donde era explotada, José Eduardo Beltrame, se mantuvo prófugo.

La sentencia dada por los jueces Enrique Lilljedahl, Federico Bothamley y Mario Martínez es la primera que realiza una reparación integral de este tipo para una víctima de trata de explotación sexual en la Argentina.

La defensora oficial, Mariana Vera, explicó que "para la victima, constituye un reconocimiento de sus derechos después de 10 años largos, y tener que atravesar por dos juicios. Y, jurisprudencialmente, es un antecedente muy importante, porque además de que se incluyeron y desarrollaron las categorías indemnizatorias de año moral, psicológico, ganancia ilícita, se introdujo un pedido comprensivo de la reparacion integral por los años que tardó el acceso a sus derechos. Y además porque -a pesar de la oposición fiscal- el Tribunal hizo lugar al pedido de la Defensoría de Victimas de constituirse como querellante particular durante los actos preliminares del debate, realizando una interpretación integral en clave de derechos humanos".

Los hechos se remontan al año 2013, cuando se conoció que en un burdel disfrazado como whiskería, de nombre Scorpio, propiedad de Beltrame, se obligaba a ejercer la prostitución a varias mujeres, entre ellas la víctima que obtuvo la reparación.

Quien también regenteaba el local era María Albarracín, y había podido ser condenada en el año 2015, mientras que Beltrame permaneció prófugo hasta el año 2020.

La sentencia hace lugar a las medidas de reparación del daño causado a la víctima, solicitada por el Ministerio Público Fiscal y la Defensoría Oficial de Víctimas, imponiendo el pago de la suma de $4.000.000 en concepto de indemnización, actualizable hasta su efectivo cumplimiento, conforme tasa activa del Banco de la Nación Argentina. Ordenando asimismo la inhibición general de los bienes del condenado.

El Tribunal destaca también que los hechos de este caso “constituyen actos discriminatorios en contra de la mujer cometidos en un contexto de violencia de género”.

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